En España cerca de medio millón de
familias cuentan con la acreditación de “familia numerosa” pero hay todavía
muchas familias que aún siendo numerosas no cuentan con el carnet identificativo,
una cifra que según datos del Instituto
de Política Familiar podría ser de medio millón más en todo el país. En los últimos 10 años
ha aumentado el número de familias que han solicitado esta
acreditación, según el Instituto Nacional de Estadística (INE) en el año 2000 la
cifra de títulos expedidos a familias numerosas era 235.530, en el año 2010 (último dato registrados en la web del INE) ascienden a 487.354, es decir en una década se ha duplicado el número de
títulos expedidos por las comunidades autónomas y parece
ser, aunque sin datos oficiales que en el año 2011 y 2012 han seguido
aumentado las cifras.
Lamentablemente cada día son más escasos los beneficios que ofrecen las administraciones públicas a las familias numerosas españolas. Bien sea por la crisis o por otras razones parece que cada día las familias numerosas echan mano de los descuentos que ofrecen empresas y administraciones para llegar a fin de mes.
Actualmente, las comunidades autónomas son competentes para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, la expedición y renovación del título correspondiente, así como para ejercer la potestad sancionadora en la parte y cuantía establecidas. Por otra parte, la mayoría de las materias en que cabe reconocer beneficios para las familias numerosas están dentro del ámbito de competencias de las comunidades autónomas e, incluso, del de las corporaciones locales.
En este artículo me
centraré en las ayudas que ofrece la Comunidad de Castilla y León. Sin entrar a valorar si estas ayudas son muchas
o pocas, he intentado agrupar todas esas bonificaciones a nivel regional,
capitales de provincia y municipios de más de 20.000 habitantes.
El número de carnets de familias
numerosas expedidos en Castilla
y León (CyL) se ha incrementado en
los últimos años, hasta alcanzar la cifra de 23.661 en el 2012. Según los datos que
maneja la Consejería
de Familia, las provincias donde más aumentaron el número de títulos
expedidos, fueron Valladolid 5.227 y Burgos hasta llegar
a los 4.238. Respecto al número de miembros, las familias numerosas más comunes
siguen siendo las formadas por tres hijos, ya que acaparan el 66,5% de las
totales; le siguen las de cuatro y con dos (monoparentales con dos hijos).
La obtención del título de familia numerosa
se puede realizar en los Departamentos
Territoriales de Familia e Igualdad de Oportunidades de cada provincia , Son los órganos competentes
(por delegación de la
Dirección General de Familia) para el reconocimiento,
expedición, renovación o pérdida del Titulo. También se pueden
realizar los trámites por FAX y
por Internet .Con
carácter general la vigencia del Título es de cinco años, salvo
para los casos en los que cualquiera de los hijos haya cumplido 21 años, o en
los supuestos en los que se haya tenido en cuenta la situación económica de la
familia en los que la vigencia será anual. La solicitud
de Renovación del título debe efectuarse dentro de los tres meses
anteriores a su vencimiento.
La documentación a presentar es la copia
del título de familia. El solicitar este
carnet conlleva ciertas ventajas, bonificaciones en determinadas tasas y
precios públicos o descuentos entre otras cosas:
EDUCACIÓN. Se valora
la condición de familia numerosa en el proceso de admisión en los centros
docentes sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de Educación
Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato. También
obtienen ciertos beneficios en tasas y precios públicos. Exención
para familias numerosas de categoría especial y bonificación del 50% para las
de categoría general, en las tasas y precios públicos por derechos de
matriculación y examen en todas las enseñanzas del sistema educativo, así como
expedición de títulos académicos y profesionales.
Becas para estudiantes de enseñanzas universitarias para
familias numerosas, en la valoración del requisito económico, deducción de la
renta familiar de 500 euros en las de categoría general o de 765 euros en las
de categoría especial, por cada hermano o hijo, incluido el solicitante.
Ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. En
las ayudas para alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a la
discapacidad y para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
asociado a altas capacidades intelectuales, en familias numerosas, en la
valoración del requisito económico, deducción de 2.000 euros de la renta
familiar.
En los Subsidios por
necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno de
conducta para familias numerosas (transporte y comedor escolar) no se tiene en
cuenta la renta ni patrimonio familiar para su concesión.
En las Enseñanzas de Régimen Especial, exención para las familias
numerosas de categoría especial y bonificación del 50% para las de categoría
general, en el pago de los precios públicos por las enseñanzas de régimen
especial dependientes de la
Consejería de Educación.
Proceso de admisión
del alumnado Valoración de la condición
de familia numerosa en centros docentes de enseñanzas de idiomas sostenidos con
fondos públicos en la
Comunidad.
Gastos de matrícula: Ayudas para el alumnado que curse enseñanzas artísticas en
centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o escuelas de la Comunidad. El límite
de renta no se aplicará a las familias que, reuniendo todos los requisitos
exigidos, tengan la condición de familia numerosa.
Libros de texto: Ayuda económica para financiar la adquisición de libros de texto a
las familias numerosas con hijos que cursen Educación Primaria o Secundaria
obligatoria en centros docentes de la Comunidad. Se tendrá en cuenta la renta de las
familias.
Servicio de comedor: Exención
para las familias numerosas de categoría especial y bonificación del 50% para
las de categoría general, del pago de la cuota del servicio de comedor en los Centros
Educativos públicos dependientes de la Consejería de
Educación.
Estancias
individuales en familias de países de habla inglesa y Aldea Internacional.Gratuidad del coste del viaje o
bonificación del 50%, si los alumnos seleccionados pertenecen a una familia
numerosa de categoría especial o general, respectivamente.
Programa de inmersión
lingüística en colonias de vacaciones
del Ministerio de Educación.Ayudas para alumnos de 5º y 6º de Primaria y 1º de
ESO pertenecientes a familias numerosas
Prestación por
infortunio familiar del Seguro Escolar como
beneficio, a las familias numerosas se incrementa la cuantía de esta
prestación.
Escuelas de
Capacitación Agraria y Agroalimentaria:.Exención
a las familias numerosas de categoría especial y bonificación del 50% a las de
categoría general, en el pago del alojamiento y manutención en régimen de
internado o de media pensión.
En la provincia de Ávila según datos facilitados por la Consejería de Familia a
31 de diciembre de 2012 se habían expedido 1990 títulos de
familias numerosas, de los cuales 1622 corresponden a la categoría general y 368 a
la extraordinaria. Según la información facilitada por el
Ayuntamiento de Ávila las bonificaciones para familias numerosas que se pueden
solicitar, son las siguientes:
IBI .: Tendrán derecho a bonificación del 30% de la cuota íntegra
del impuesto los bienes inmuebles urbanos cuyo sujeto pasivo ostente la
condición de titular de familia numerosa, siempre que constituyan la
vivienda habitual de la familia, y cuyo valor catastral no exceda de
120.000 Euros. Bonificación del 35% si la familia numerosa está constituida por
dos hijos, uno de los cuales sea discapacitado o esté incapacitado para
trabajar y los ingresos anuales de la unidad familiar no
superan la cantidad de 30.000 €. Un 40% de bonificación si la familia numerosa
está constituida por cuatro hijos y los ingresos anuales de la unidad
familiar no superan la cantidad de 35.000 euros. Si la familia
numerosa está constituida por tres hijos, uno de los cuales al menos sea discapacitado o esté
incapacitado para trabajar y los ingresos anuales de la unidad familiar no
superan la cantidad de 40.000 euros, la bonificación será del 45 %..Si la
familia numerosa está constituida por cinco hijos o más y los ingresos anuales
de la unidad familiar no superan la cantidad de 45.000 euros,
la bonificación será del 50%..Si la familia numerosa está constituida por
cuatro hijos o más, uno de los cuales al menos sea discapacitado o esté
incapacitado para trabajar y los ingresos anuales de la unidad
familiar no superan la cantidad de 50.000 euros, la
bonificación será del 55 %.
Será requisito indispensable para el disfrute de esta
bonificación que todos los miembros de la familia numerosa estén empadronados en la vivienda habitual de la familia.
Quedan excluidos de la bonificación las plazas de garaje, los
trasteros o cualquier otro elemento análogo.
TASA POR SUMINISTRO DE AGUA POTABLE . Familias numerosas y
unidades familiares con cinco o más miembros que acrediten tal
circunstancia mediante certificado de convivencia y cuyos ingresos
no excedan de 1,5 del IPREM por individuo con contador individual, se
aplicará la siguiente cuota doméstica:
Consumo m3 Cuota doméstica
De 0 a
50 m3
0,2797 Euros/m3
De 51 a
75 m3
0,3881 Euros/m3
De > de 76 m3
0,5455 Euros/m3
La aplicación de esta tarifa tendrá en todo caso carácter rogado.
LA
ESCUELA MUNICIPAL DE MUSICA .Reducción del 10% del
importe de los recibos trimestrales para los miembros de una unidad
familiar que constituya “Familia Numerosa”, lo que se acreditará mediante la
aportación de fotocopia del correspondiente Título Oficial de Familia numerosa
en vigor, siempre que los ingresos por individuo no superen 1,5 veces el IPREM.
ESCUELA
MUNICIPAL DE ARTES PLÁSTICAS. Reducción del 20% del importe de los recibos trimestrales
para los miembros de una unidad familiar que constituya “Familia Numerosa”, lo
que se acreditará mediante el correspondiente Título Oficial de Familia
Numerosa, siempre que los ingresos por individuo no superen 1,5 el
IPREM.
En la provincia de BURGOS a 31 de
diciembre de 2012 se registraron 4238 familias numerosas, 3379 pertenecen a
la categoría general y 499 a la extraordinaria.
Según la información facilitada por el Ayto. de Burgos las bonificaciones
para familias numerosas que se pueden solicitar, son las siguientes:
IBI,: Los titulares de la
familia numerosa deben estar empadronados en la vivienda objeto de
la bonificación y estar al corriente de pago en el cumplimiento de pago de sus
obligaciones tributarias por este impuesto.
Los ingresos de la unidad familiar por todos los
conceptos no deben exceder en Familias
numerosas de carácter general: cinco veces y medio el IPREM, (41.003,27 € anuales para el año
2013) y con cuatro hijos: seis veces y medio el IPREM, (48.458,41). Familias
numerosas de carácter especial o especial con 7 o más hijos: siete veces y
medio el IPREM, (55.913,55 €) incrementando este límite en el
equivalente al IPREM por cada hijo a cargo a partir del quinto inclusive.
* (IPREM MENSUAL para el año 2013: 532,51 €)
Los titulares de familia numerosa tendrán
derecho a las siguientes bonificaciones:
Familias
numerosas de categoría general: tendrán derecho a una bonificación
del 37%.
Familias
numerosas de categoría especial: tendrán derecho a una
bonificación del 57%.
Familias
numerosas de categoría especial con 7 o más hijos: tendrán derecho
a una bonificación del 80%.
BASURAS DOMICILIARIAS. Bonificación
de la Tasa por Recogida de Basuras Domiciliarias 2013: Esta bonificación la pueden solicitar las familias
numerosas de categoría general, que sus titulares figuren
empadronados en el municipio de Burgos en la vivienda que va a ser objeto
de bonificación, el valor catastral de la vivienda habitual no sea
superior a 169.662,01 euros y los ingresos de la unidad familiar por
todos los conceptos no excedan de cinco veces y medio el Indicador
Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM para 2013: 7455,14 euros anuales x
5,5= 41.003,27 € anuales) en el caso de tres hijos, o
de seis veces y medio el IPREM (7.455,24 x 6,5= 48.458,41 € anuales)
cuando sean cuatro hijos.
El Importe de
la subvención es el equivalente al 65 por 100 de la cuota de la Tasa por recogida de basuras.
Las familias
numerosas de categoría especial, cuyos titulares figuren empadronados en el
municipio de Burgos en la vivienda que va a ser objeto de bonificación.
El valor catastral de la vivienda habitual no
sea superior a 172.564,05 euros y los ingresos de la unidad familiar por
todos los conceptos no excedan de siete veces y medio el Indicador
Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM para 2013: 7455,14 euros anuales
x 7,5= 55.913,55 € anuales) incrementando este límite
en el equivalente al IPREM por cada hijo a cargo, a partir del quinto
inclusive.
El Importe de
la subvención es el equivalente
al 80 por 100 de la cuota de la
Tasa por recogida de basuras.
El plazo de solicitud hasta el 28 de febrero
de 2013.
Las bonificaciones
de las familias numerosas se solicitarán únicamente por primera vez y, si
los interesados cumplen todos los requisitos, se concederán por el tiempo que
tenga vigor el Título de Familia Numerosa debiéndose renovar dicha bonificación
a la vez que se renueve el mencionado Título.
TRANSPORTE URBANO, tendrán derecho a la concesión de la tarjeta de tarifa
reducida los miembros de la familia numerosa, general o especial, o
integrantes de las familias equiparadas a la misma que tenga reconocida dicha
condición, y cumplan los requisitos exigidos todos los miembros de
la familia, empadronados en el Ayuntamiento de Burgos como vecinos, estar al
corriente, en su caso, en el pago de las tasas o impuestos municipales y que los ingresos de la unidad familiar
por todos los conceptos, no excedan de cinco veces y media el Indicador Público
de Renta de efectos Múltiples (IPREM), incrementándose este límite en el
equivalente al IPREM por cada hijo a cargo, a partir del cuarto inclusive, con
las particularidades recogidas en la
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias
Numerosas.
Plazos de presentación para
el año 2013.Primer plazo del 10 de enero al 8 de febrero y segundo plazo del 6 de
mayo al 6 de junio.
ABONO DEPORTIVO Permite a sus usuarios
la entrada libre sin pago de entrada puntual tantas veces como se quiera a las
piscinas municipales y descuentos en reservas e inscripciones en actividades.
Las familias numerosas
Generales (3 y 4 hijos) obtienen una bonificación del 50%, las Especiales (5 o
más hijos) 75% y las familias con
más de 7 hijos: 80%
Descuento
en talleres, ludoteca o actividades formativas de los CEAS, Centros Cívicos y
Aulas de Mayores. : Con el fin de proteger y
favorecer a las unidades familiares, se establece una bonificación de las
tarifas, a las familias Numerosas Generales 50% y a las Familias
Numerosas Especiales 75%
Se exige estar todos los miembros de la familia, empadronados en el
Ayuntamiento de Burgos como vecinos, tener reconocida la condición de
familia numerosa, estar al corriente en el pago de las tasas o
impuestos municipales y los ingresos de la unidad familiar por todos los
conceptos, no excedan de cinco veces y medio el Indicador Público de Renta
de efectos Múltiples (IPREM), incrementándose este límite en el
equivalente al IPREM por cada hijo a cargo, a partir del cuarto inclusive,
con las particularidades recogidas en la
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las
Familias Numerosa.
En LEÓN el número de familias que ostenta la condición de numerosa
es de 3261, divididas en 2932 de categoría general y 329 extraordinaria.
AGUAS : 50% en la cuota
resultante de la Tarifa
1ª por los primeros 20 m³
trimestrales de agua consumida, siempre que se trate de su vivienda habitual y
tengan suscrito el correspondiente contrato de consumo individual para uso
domestico. La bonificación se deberá renovar cuando finalice el plazo de
validez del titulo de familia numerosa
ESCUELAS
INFANTILES: las familias numerosas de categoría especial obtienen una bonificación
del 50%. Las de categoría general y monoparentales obtienen un descuento del
25% con el segundo hijo matriculado y 40% en hijos de parto múltiple.
DEPORTES: Bonificaciones en algunos cursos.
En PALENCIA según los datos de la consejería de familia, se han
expedido 1591 títulos de familia numerosa, de los cuales 1375
pertenecen a la condición general y 216 a la extraordinaria.
IBI : Bonificaciones a aquellas
familias que ostenten la condición de Familia Numerosa General tendrán derecho
a una bonificación del 50% en la cuota íntegra del impuesto de Bienes Inmuebles
y las familias que ostenten la condición de Familia Numerosa Especial tendrán
derecho a una bonificación del 80 %.
Para conseguir estas bonificaciones, el bien
inmueble se constituya como domicilio habitual de todos los miembros de la
familia y que los miembros que forman la familia, no sean propietarios en pleno
dominio de ningún otro inmueble en este municipio, ya sea a título
personal o como partícipes en sociedades mercantiles. No se computarán, a estos
efectos, como propiedades, los inmuebles accesorios a la vivienda
habitual -trasteros o cocheras- aún cuando no estuvieren ubicados en la
misma finca que la vivienda habitual.
BONOBUS : Para las familias numerosas tendrá un coste de 0,171 €/ viaje (carnet gratuito). Los beneficiarios, serán cada uno de los miembros de
En la provincia de SALAMANCA según los datos de la Consejería de familia 3012 familias tienen
reconocida la titularidad de familia numerosa de las cuales 2663 pertenecen a
la categoría ordinaria y 349 a la extraordinaria.
Las ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Salamanca para el año 2013 adaptarán las bonificaciones de las familias numerosas al nivel de ingresos de la unidad familiar.
Las ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Salamanca para el año 2013 adaptarán las bonificaciones de las familias numerosas al nivel de ingresos de la unidad familiar.
IBI :
El Ayuntamiento de Salamanca informa de una bonificación del 90% de la cuota
íntegra del Impuesto a los sujetos pasivos que ostenten la condición de familia
numerosa. La bonificación se aplicará exclusivamente sobre la cuota
correspondiente a la vivienda habitual,
siempre que ésta sea además la de su empadronamiento y que el conjunto
de los ingresos de los miembros de la familia numerosa no supere los límites
que se indican a continuación, computándose como tales ingresos aquellos que
señala la normativa reguladora del IRPF:
Familias de 6 miembros
sin superar 3 veces el S.M.I.
Familias de 5 miembros
sin superar 2.5 veces el S.M.I.
Familias de 4 miembros
sin superar 2 veces el S.M.I.
Familias de 3 miembros
sin superar 1.5 veces el S.M.I.
Familias de 2 miembros
sin superar 2 veces el S.M.I.
La solicitud por primera vez de la bonificación deberá
realizarse hasta el 31 de enero
OTROS TRIBUTOS: Las condiciones
económicas que se requieren para acceder a las bonificaciones de otros tributos
-Tasa por Recogida de Basura, Agua Potable y Alcantarillado y Servicio Público
de Transporte urbano y colectivo de viajeros-, son las mismas que en el
apartado anterior, por tanto las familias numerosas cuyo nivel de renta les
permita optar a la bonificación en el IBI, también les permite solicitar otros
beneficios tributarios por razón de sus ingresos o número de miembros, siempre
que cumplan las condiciones del empadronamiento.
Según informa el
Ayuntamiento de Segovia las familias numerosas pueden obtener las siguientes bonificaciones:
TASA POR INSCRIPCIÓN EN PRUEBAS
SELECTIVAS DE PERSONAL: Tendrán derecho a una bonificación en la cuota
de la tasa del 100% para familias numerosas de categoría especial, y 50%
para las de categoría general. Los contribuyentes deberán acreditar
dicha condición previamente a formalizar la inscripción mediante la
presentación del título de familia numerosa y aquella otra documentación
que se estime necesaria al efecto.
INSTALACIONES Y PARTICIPACIÓN
EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES: Tendrán derecho a una reducción del 50% de la
tarifa aplicable por participación en actividades deportivas municipales y
por utilización individual de las instalaciones deportivas municipales los
miembros de las familias numerosas. Para la aplicación de la presente
reducción será imprescindible que todos los miembros de la familia estén empadronados
en la ciudad de Segovia.
Con carácter
excepcional se fijan las siguientes reducciones generales para el uso de la Piscina Municipal
Climatizada “José Carlos Casado”: tendrán derecho a una reducción del 10% por
la participación en cursos de natación los miembros de las familias
numerosas. También tendrán derecho a una reducción del 10% en entradas, bonos
mensuales y de 15 baños.
TALLERES MUNICIPALES: Las personas pertenecientes a familias
que ostenten la condición legal de familia numerosa tendrán
derecho a una bonificación en las cuantías del precio público del 100%
para Familias Numerosas de categoría especial y 50%
para Categoría General.
ACTIVIDADES CULTURALES: Las personas pertenecientes a familias que
ostenten la condición legal de familia numerosa, , tendrán derecho a
una bonificación en el precio público del 100%
para familias numerosas de categoría especial y 50%
de categoría general.
IBI: Los sujetos pasivos que
ostenten la condición de titulares de familia numerosa tendrán derecho a
una bonificación en la cuota íntegra del impuesto correspondiente al
inmueble que constituya la vivienda destinada a domicilio habitual de la
familia y su valor catastral sea inferior a 150.000 euros, con arreglo a
los siguientes porcentajes: Familia numerosa de categoría especial: 90% y
familia numerosa de categoría general 40%.
Una vez concedida la
bonificación será aplicable durante los períodos impositivos sucesivos en
tanto se mantenga vigente la condición de familia numerosa.
En SORIA el número
de títulos de familias numerosas asciende a 1012, de las cuales 873 pertenecen
al tipo general y 139 a
la extraordinaria. En el Ayuntamiento de la capital Soriana las familias
numerosas tendrán las siguientes bonificaciones:
IBI :
Bonificación del 60% de la cuota íntegra del impuesto a favor de aquellos
sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa, a
fecha uno de enero de cada ejercicio fiscal y siempre que los
ingresos brutos totales de la unidad familiar no superen la cantidad de 36.000
€. Dicha bonificación tendrá carácter rogado.
ABONODEPORTIVO. :
Los miembros pertenecientes a familias numerosas tendrán una reducción del 10% sobre la cuota correspondiente,
debiendo justificar documentalmente esta condición.
ESCUELAINFANTILES. Estarán exentas del
pago las familias numerosas de categoría especial. Las familias numerosas de
categoría general y las familias monoparentales tendrán una reducción del
50% del precio correspondiente para cada menor.
En VALLADOLID 5527 familias ostentan el título de familias
numerosas, de las cuales 4530 corresponden al tipo general y 697 al
extraordinario según la
Consejería de familia a fecha 31 de diciembre de 2012
El Ayuntamiento de la capital Pucelana informa sobre las
siguientes bonificaciones:
IBI: Titulares de familia numerosa
respecto del bien inmueble gravado que constituya vivienda habitual de los
mismos, de acuerdo con las siguientes categorías:
- General: bonificación del 40%
- Especial: bonificación del 90%.
Se entenderá que constituye la vivienda habitual aquella en la que
la totalidad de los miembros de la unidad familiar fueron empadronados. La
solicitud de la presente bonificación se realizará durante los dos primeros
meses del año natural, acreditando que el uno de enero se reúne los requisitos
exigidos.
BASURAS:.Bonificación
en la cuota en las tarifas respecto al bien inmueble que constituya la
vivienda habitual de los mismos de acuerdo con los siguientes porcentajes:
familias numerosas de carácter general: 5%.y familias numerosas de carácter
especial: 10%.
AGUAS: Los
abonados domésticos que sean titulares de la póliza de agua, tengan
individualizado su consumo y posean la condición de familia numerosa categoría
general, tendrán una reducción en las cuotas de servicio en agua, alcantarillado
y depuración del 50 %, así como una tarifa por metro cúbico en los bloques
segundo y tercero. De 1 a
15 m3 sin
reducción De 16 a
30 m3
0,4347 €/m3 De 31 a
45 m3
0,4728 €/m3 Consumos superiores sin reducción.
Según los datos de la Consejería de familia,
hasta el 31 de diciembre de 2012 en ZAMORA 1366 familias han
obtenido el título de familia numerosa de las cuales 1177 pertenecen a la clase
general y 189 a
la extraordinaria.
Según figura la web del Ayuntamiento de ZAMORA ya que no hemos podido obtener más
información ni hemos podido confirmar la actualización de la WEB.
BONIFICACIÓN EN EL RECIBO DEL AGUA: Podría alcanzar
el 50%. La medida se encuentra en fase de tramitación con la elaboración de
los informes técnicos pertinentes, y entraría en vigor en el 2012 sumándose
al resto de bonificaciones que ya son aplicables para las familias numerosas,
tales como el IBI y la tasa de alcantarillado.
|
IBI Y BASURA.
Para este último gravamen, los ciudadanos podrán hacerlo a lo largo del primer
trimestre mientras que para el IBI el plazo es de cuatro meses para las
familias numerosas.
CENTRO DE EDUCACION INFANTIL LA ALDEHUELA. Se establecen bonificaciones sobre los precios fijados, para las familias numerosas.
OTROS MUNICIPIOS DE MÁS DE 20.000
HABITANTES
En ARANDA DE DUERO el Ayuntamiento de la Ribera ofrece una bonificación
a las familias numerosas en el IBI. Tendrán derecho a una bonificación
en la cuota íntegra del impuesto los sujetos pasivos que ostenten la condición
de titulares de familia numerosa en la fecha de devengo del impuesto,
siempre que este constituya su domicilio habitual y que el valor catastral
del inmueble no supere los 70.000 euros, con los siguientes porcentajes:
Familia
numerosa con hasta 5 hijos: 50% y familia numerosa con 6 ó más hijos:
75%. Esta bonificación tendrá carácter rogado y deberá ser solicitada durante
el mes de enero en curso. El plazo
de disfrute de la bonificación será de 5 años, prorrogables por otros
cinco a solicitud del sujeto pasivo.
En MIRANDA DE EBRO su Ayuntamiento bonifica el uso de Instalaciones
Deportivas y Prestación de Servicios Municipales, siempre
que estén empadronados en el municipio, y que los ingresos familiares
no superen tres veces el IPREM.
En el Ayuntamiento de LAGUNA DE DUERO las familias numerosas se pueden beneficiar de una bonificación en
la Tasa de AGUA , dichas familias obtendrán una reducción del 20 % de la facturación de la tasa
aplicable a la Tarifa
general de suministro de abastecimiento de agua y dispongan de contrato
de alta en dicho servicio, que el bien inmueble, donde se realiza el servicio,
constituya la vivienda habitual de los miembros de la unidad familiar,
entendiéndose ésta como la vivienda en la que dichos miembros figuren
empadronados.
La solicitud del interesado, se realizará durante los dos
primeros meses del año natural, acreditando que el día 1 de enero se reúnen
todos los requisitos exigidos. El plazo para solicitar dicha bonificación
anualmente concluye el 1 de marzo,
Con respecto al IBI.
tendrá una bonificación de la cuota aquellos sujetos pasivos que ostenten
la condición de titulares de familia numerosa, destinada
exclusivamente a aquellas unidades familiares cuya base imponible a los efectos
del IRPF por miembros, resulte inferior a 6.000 euros, respecto
del bien inmueble gravado que constituya la vivienda habitual de los mismos,
bonificación del 20 % para las familias de categoría general y
40 % especial y siempre que el bien inmueble constituya la vivienda
habitual de los miembros de la unidad familiar, entendiéndose ésta como la
vivienda en la que todos los miembros figuren empadronados.
El plazo para solicitar dicha bonificación anualmente comienza el
1 de enero y concluye el 1 de marzo, no tramitándose las solicitudes
presentadas fuera de este plazo, aunque se cumplan los requisitos.
El Ayuntamiento de MEDINA DEL CAMPO
bonifica el IBI a las familias
numerosas.
La bonificación
únicamente será aplicable a la vivienda habitual de la familia y que el valor catastral de la vivienda habitual de
la unidad familiar este individualizado. Se presumirá que la vivienda habitual
de la familia numerosa es aquélla en la que figura empadronada la
totalidad de los miembros de la unidad familiar. La
base imponible a efectos de la declaración del I.R.P.F de la unidad familiar no
podrá superar los 12.000 € anuales en tributación individual o 18.000 € anuales
en tributación conjunta.
La correspondiente
solicitud, que deberá presentarse en los dos primeros meses de cada
año natural, en la que se indicará la dirección tributaria y referencia
catastral de la vivienda.
Por último señalar que en la Comunidad de Castilla y
León existen siete
asociaciones provinciales de familias numerosas y una regional. Las
asociaciones insisten en la importancia de asociarse para conseguir mayores
beneficios.
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